Las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico requieren que individuos y empresas dedicadas a negocios financieros cuenten con la autorización debida para hacer negocios en el País.
Con excepción de las Cooperativas de Ahorro y Crédito, las cuales están licenciadas y aseguradas por COSSEC y las empresas y personas dedicadas al negocio de seguros, que caen bajo la jurisdicción del Comisionado de Seguros de Puerto Rico - las restantes deben estar licenciadas como concesionarias o registradas en la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (ver sección de leyes).
Todo concesionario de la OCIF está obligado a desplegar la licencia que les acredita como tales en un lugar visible al público y a fijar en la entrada principal del local en que llevan a cabo sus negocios un marbete que vence cada 31 de diciembre. Búsquelos.
Para su conveniencia, usted puede acceder a las listas de los concesionarios de la OCIF - por tipo de licencia otorgada. Si confronta problemas en su búsqueda o tiene alguna duda relacionado con licencias, por favor comuníquese vía correo electrónico con nuestra División de Reglamentación o por teléfono al (787) 723-3131 ext. 2222
Tipo de Ins. | Nombre de Ins. | DBA | Estatus | Dirección | Teléfono | Fecha de Aprobación | Número de Lic. | NMLS | Nombre de Contacto | CRD |
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